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Actores Políticos

¿Qué son los partidos políticos?

Son los institutos de participación política que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones ciudadanas, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

Partidos Políticos Nacionales

Son aquellos que cuentan con registro ante el Instituto Nacional Electoral y tienen derecho a participar en las elecciones federales (Presidencia de la República, Diputaciones Federales y Senadurías) y locales (Gubernatura del Estado, Diputaciones locales y Ayuntamientos).

Partidos Políticos Locales

Son aquellas organizaciones ciudadanas que obtuvieron su registro ante el IEPC Guerrero, una vez cumplidos los requisitos legales, y tienen derecho a participar en las elecciones locales de la entidad (Gubernatura del Estado, Diputaciones locales y Ayuntamientos).

Partidos Políticos con Registro Nacional Acreditados ante el IEPC Guerrero

Partidos Políticos con Registro Local Acreditados ante el IEPC Guerrero

Partido de la Revolución Democrática Guerrero

pma Logo

Presidencia:
Mario Ruiz Valencia

Secretaría:
Ivet Díaz Bahena

Consulta en el enlace si estás afiliado a algún partido político

Descarga lo padrones de militantes de partidos políticos

Organizaciones Ciudadanas

Constitución de Partidos Políticos Locales

Durante el mes de enero del año siguiente a la elección de Gubernatura del Estado, las organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse en partido político local, deberán informar por escrito su propósito al IEPC Guerrero, el cual deberá contener:


  • Nombre de la organización de ciudadanos que pretende constituirse como partido político estatal.
  • Nombre del partido político estatal que pretendan constituir.
  • El nombre y la firma de los integrantes del comité u órgano equivalente que represente a la citada organización ciudadana, de conformidad con el acta constitutiva de la misma, señalando los cargos, domicilio, teléfono y correo electrónico en el que puedan ser notificados.
  • Nombre de la persona responsable que servirá de enlace con el Instituto Electoral para recibir notificaciones en horas hábiles, con domicilio en la ciudad de Chilpancingo, teléfono y correo electrónico.
  • Nombre de la persona responsable que servirá de enlace con el Instituto Electoral para recibir notificaciones en horas hábiles, con domicilio en la ciudad de Chilpancingo, teléfono y correo electrónico.
  • Nombre de la persona responsable que servirá de enlace con el Instituto Electoral para recibir notificaciones en horas hábiles, con domicilio en la ciudad de Chilpancingo, teléfono y correo electrónico.
Requisitos para constitución y registro

  • Acreditar la celebración de asambleas municipales o distritales en por lo menos las dos terceras partes de los distritos o municipios, según sea el caso.
  • Contar con un número total de afiliados que no sea menor al 0.26% del Padrón Electoral del distrito o Municipio, según sea el caso, que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior.
  • Elegir a las delegaciones propietarios y suplentes a la asamblea local constitutiva
  • Celebración de una asamblea estatal constitutiva.

Una vez realizados los actos del procedimiento de constitución, la organización ciudadana podrá presentar su solicitud de registro en el mes de enero del año anterior al de la siguiente elección.

Constitución de Partidos Políticos Locales 2022

Candidaturas Independientes

Son aquellas postulaciones a cargos públicos, en las que los partidos políticos no toman parte de ninguna naturaleza, y con ellas los ciudadanos ejercen sus derechos políticos.

En el estado de Guerrero, los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos tendrán derecho a participar y, en su caso, a ser registrados como candidatos independientes para ocupar los cargos de elección popular de:


  • Gobernatura del Estado
  • Diputaciones por el principio de Mayoría Relativa
  • Miembros del Ayuntamiento
Cargo % de apoyo ciudadano Plazo para recabarlo
Gubernatura 3% de la lista nominal de la entidad 60 días
Diputaciones Locales 3% de la lista nominal del distrito electoral 30 días
Ayuntamientos 3% de la lista nominal del municipio 30 días