Respondió el IEPCGRO a ciudadanía de Ayutla acerca de emisión de constancias a integrantes del Concejo Municipal Comunitario

Chilpancingo, Gro., 20 de noviembre de 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) desarrolló su Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria en la que se aprobó la respuesta a las solicitudes presentadas por la ciudadanía del municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero, en relación con la remoción y ratificación de ciudadanas y ciudadanos electos como coordinadores o coordinadoras para una nueva integración del Concejo Municipal Comunitario 2021-2024.

Como ha sido criterio adoptado por el IEPCGRO para el caso concreto, respecto de que actualmente el municipio de Ayutla de los Libres se encuentra en pleno ejercicio de su libre determinación, autonomía y autogobierno, mismo que se concreta y materializa a partir de regular los actos y vida interna con base en las prácticas, normas y procedimientos de su gobierno municipal.

Mientras que, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que el procedimiento y la determinación de la Asamblea Municipal Comunitaria, se encuentra sustentada en el marco de la libre determinación de las comunidades indígenas, la que, de conformidad con el bloque de constitucionalidad, trae como consecuencia que en caso de conflictos o ausencia de reglas consuetudinarias aplicables, deben ser los propios pueblos y comunidades, a través de las autoridades tradicionales competentes y de mayor jerarquía, conforme a su propio sistema, las que se encuentran facultadas para emitir las reglas que, en su caso, se aplicarán para la solución del conflicto o el llenado de la laguna normativa.

En ese sentido, el Consejo General precisó que el IEPCGRO no cuenta con atribuciones legales que le permitan pronunciarse respecto de la validez o invalidez de las determinaciones acordadas por la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades, tanto la celebrada el 26 de septiembre, como las realizadas el 10 y 15 de noviembre del 2021 y, en consecuencia, no es posible la expedición de nombramientos o constancias con las que este organismo electoral pueda acreditar o dar certeza de las modificaciones, restructuración o renovación que hayan realizado las autoridades y representantes de las comunidades, delegaciones y colonias del municipio de Ayutla de los Libres. Se destacó que la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades tiene plena facultad para conocer y, en su caso, aprobar las determinaciones que al efecto se discutan o analicen, en el marco de sus sistemas normativos propios, privilegiando el diálogo y consenso, para establecer acuerdos que tomen en cuenta los derechos de todas y todos.

Es importante señalar que el IEPCGRO emitió las constancias correspondientes a los resultados de los cargos electos en la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades celebrada el 30 de mayo de 2021, dado que, justamente este instituto, en pleno respeto a la libre determinación de los pueblos indígenas, determinó declarar la validez del proceso electivo por sistemas normativos propios (usos y costumbres) para la elección e integración del órgano de gobierno municipal del municipio Ayutla de los Libres, para el periodo 2021-2024, al celebrarse bajo sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, así como de conformidad con los Lineamientos, convocatoria y reglas aprobadas para tal efecto, en el marco del respeto a los derechos de la ciudadanía. Sin embargo, el Consejo General del IEPCGRO respondió que no se encuentra facultado ni dispone de atribuciones para efecto de emitir alguna validación de otras asambleas municipales llevadas a cabo y, en consecuencia, tampoco para la emisión de constancias o nombramientos posteriores, que acrediten el carácter con el que han designado a las y los ciudadanos.

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