Pacto Estatal por los Derechos Político Electorales

de las Mujeres Guerrerenses Libres de Violencia y Discriminación

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En el marco de las Convenciones y Tratados Internacionales que han dado impulso y cobijo al libre ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en el mundo:

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convención de los Derechos Políticos de la Mujer, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, (Belém Do Pará), la Plataforma de Acción de Beijing; así como las reformas federales sobre Violencia Política Contra las Mujeres por Razón de Género que comprenden seis Leyes Generales: Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley de Partidos Políticos, Ley en Materia de Delitos Electorales, Ley de Responsabilidades Administrativas; y dos Leyes Orgánicas: de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación; así como el Acuerdo 082/SO/25-11-2020 que aprueba los Lineamientos para que los Partidos Políticos Registrados o Acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero Prevengan, Atiendan, Sancionen, Reparen y Erradiquen la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; y el Acuerdo 083/SO/25-11-2020 del mismo órgano local, por el que se adicionan diversas disposiciones a los Lineamientos para el Registro de Candidaturas para el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021.


El 22 de enero del año en curso; las dirigencias de los institutos políticos acreditados ante el IEPC en el estado de Guerrero, conforme al ámbito de nuestra competencia y con base en nuestras atribuciones, convenimos en suscribir los siguientes:

Compromisos

1

PRIMERO.– Nos comprometemos a respetar, promover e implementar el Principio Constitucional de la Paridad en todas las candidaturas a cargos de elección popular que postulen los institutos políticos que representamos en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021.

2

SEGUNDO.– Nos comprometemos a generar los instrumentos necesarios para prevenir, detectar, atender y sancionar, así como a reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.

3

TERCERO.– Nos comprometemos a respetar los criterios de la iniciativa ciudadana denominada #3de3VsViolencia, para no registrar en las candidaturas a cargos de elección popular a personas que se encuentren en alguno o varios de los siguientes supuestos:


  • I. Condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público

  • II. Condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

  • III. Condenada, o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.
4

CUARTO.– Impulsar en nuestras agendas políticas, legislativas y de gobierno, acciones sustantivas para promover, garantizar y proteger los derechos político electorales de las mujeres, así como la erradicación de todo tipo de violencia, desigualdad y discriminación por razones de género, las cuales quedarán debidamente incorporadas y especificadas en las plataformas políticas que registraremos ante las autoridades electorales.

5

QUINTO.– Asumimos la relevancia simbólica que este Pacto Estatal significa para una Democracia Igualitaria y Libre de Violencia, por lo que nos comprometemos a impulsar la cultura de la denuncia y asegurar el acceso a la justicia de las mujeres que participan en la política.

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Los datos personales que se proporcionen, serán protegidos conforme a lo dispuesto por la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, en materia de información confidencial, los datos personales que se proporcionen, solo serán utilizados para los fines del Pacto Estatal por los derechos Político Electorales de las Mujeres Guerrerenses Libres de Violencia y de Discriminación en su caso, establecer comunicación para dar seguimiento a la conclusión del mismo, así como para aclarar dudas sobre sus datos, ya sea por algún error o imprecisión y notificación, estadísticos y ningún otro fin.

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