
MARCO NORMATIVO APLICABLE
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero es el encargado de coordinar, preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales estatales y municipales, ordinarios y extraordinarios, para ello cuenta en su normativa interna, con las reglas de acción a las que deberán apegarse los actores políticos, para el desarrollo del proceso electoral.
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Candidatas y Candidatos, Conóceles

Partidos Políticos
Los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, así como contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanas y ciudadanos, hacer posible el acceso de estas y estos al ejercicio del poder público.















COALICIONES
Se entiende por coalición, a la unión temporal de dos o más partidos políticos con el fin de postular candidaturas en las elecciones de Gubernatura del Estado, Diputados de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional, así como de Ayuntamientos.
CANDIDATURAS COMUNES
La candidatura común es la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, para postular a la misma candidatura, fórmulas o planillas, cumpliendo los requisitos de la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.
Candidaturas Independientes
Las candidaturas independientes son aquellas ciudadanas o ciudadanos que se postulan para algún cargo de elección popular y que no pertenecen a un partido político.

