MARCO NORMATIVO APLICABLE

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero es el encargado de coordinar, preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales estatales y municipales, ordinarios y extraordinarios, para ello cuenta en su normativa interna, con las reglas de acción a las que deberán apegarse los actores políticos, para el desarrollo del proceso electoral.
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Partidos Políticos

Los partidos políticos son entidades de interés público y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, así como contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanas y ciudadanos, hacer posible el acceso de estas y estos al ejercicio del poder público.

Partido Acción Nacional
Partido Revolucionario Institucional
Partido de la REvolución Democrática
Partido del Trabajo
Partido Verde Ecologista de México
Movimiento Ciudadano
Morena
México Avanza
Fuerza por México Guerrero
Partido de la Sustentabilidad Guerrerense
Partido Encuentro Solidario Guerrero
Partido Alianza Ciudadana
Movimiento Laborista Guerrero
Partido del Bienestar Guerrero
Regeneración

COALICIONES

Se entiende por coalición, a la unión temporal de dos o más partidos políticos con el fin de postular candidaturas en las elecciones de Gubernatura del Estado, Diputados de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional, así como de Ayuntamientos.

CANDIDATURAS COMUNES

La candidatura común es la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, para postular a la misma candidatura, fórmulas o planillas, cumpliendo los requisitos de la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.

Candidaturas Independientes

Las candidaturas independientes son aquellas ciudadanas o ciudadanos que se postulan para algún cargo de elección popular y que no pertenecen a un partido político.

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